El Ejecutivo presentó un proyecto de ley al Congreso de la República que busca modificar el régimen especial de recuperación anticipada del IGV, con la finalidad de que más empresas accedan a esta devolución, siempre y cuando se cumplan ciertas condiciones como:
– Mantener un saldo positivo por tres meses consecutivos, todas las empresas con crédito fiscal
– También se considerarán los ingresos netos anuales de la empresa (ventas) en hasta 300 UIT (S/. 1.2 millones) con una vigencia hasta el 2020; y no se requerirá que las empresas se inscriban en el Registro Nacional de Micro y Pequeña Empresa (Remype), sino que bastará su inscripción en el nuevo Régimen Mype Tributario o el Régimen General del Impuesto a la Renta.
Para los casos de las empresas que se encuentren en las zonas declaradas en emergencia (establecidas por la Presidencia del Consejo de Ministros a partir del año 2017); podrán acogerse a esta recuperación anticipada del IGV, siempre y cuando cuenten con ingresos netos supereriores a 300 UIT (S/. 1.2 millones) y hasta 1,700 UIT (S/. 6.8 millones).
El Ejecutivo estimó que con esta modificación se incrementarán los posibles beneficiados de esta devolución de 30,000 a más 600,000 empresas. Asimismo, se estimó un costo fiscal de esta modificación representa un monto de S/. 166 millones.
Fuente: Diario Gestión